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Socorro a los desprotegidos

Desde el punto de vista teórico a escala planetaria, la doctrina que opta por la regulación del maltrato animal se ha dividido en dos posiciones contradictorias: la Teoría de los Derechos Animales y la Teoría del Bienestar Animal.
Ilustración: Alfredo Martirena
De acuerdo con el Trabajo de Diploma de la Universidad Central «Marta Abreu» de Las Villas titulado «El maltrato animal. Una norma pendiente del Derecho Penal cubano», de la autora Lázara Ivonne Dueñas González, la primera doctrina aboga por atribuirles derechos a estos, los asemeja a la institución jurídica de persona, otorgándoles todos los atributos que corresponden con esta categoría y aquellos deberes que se les reconocen. 
«La posición del Bienestar Animal establece que estos no pueden asemejarse con los humanos. Además acepta su utilización en la producción, la investigación y demás fines que el hombre pueda otorgarles, pero sobre la base primordial de no causar sufrimiento innecesario y de procurarles una salud adecuada», según plantea la investigadora. 
Esta última teoría resulta más acertada en nuestro contexto social por su apoyo al empleo de los animales, mediante métodos que limiten el sufrimiento innecesario.
Entre los esfuerzos más significativos desarrollados internacionalmente está la Declaración Universal sobre Bienestar Animal (DUBA), una propuesta de acuerdo intergubernamental para reconocerlos como seres capaces de sentir y sufrir, con necesidades de bienestar que deben ser respetadas y en aras de eliminar la crueldad hacia ellos. Además, sus principios animan a los gobiernos nacionales a crear y mejorar las iniciativas y legislaciones de protección.
Existen varias naciones con alguna legislación sobre el tema dentro de su ordenamiento jurídico como Alemania, España, Canadá, Reino Unido, Italia, Francia, Argentina, Chile, Nicaragua, Estados Unidos, México, Costa Rica, Colombia, Ecuador y Uruguay.
Cuba es un Estado miembro de la Organización Mundial de Sanidad Animal, conocida originalmente en 1924 como la Oficina Internacional de Epizootias (OIE). Sin embargo, en nuestro país prevalece la ausencia de una normativa que regule y prohíba el maltrato hacia estos seres vivos de forma general, más allá del cuidado de especies determinadas de la fauna cubana.
La protección animal ha sido uno de los temas propuestos en los debates del Proyecto Constitucional. Pero desde el punto de vista jurídico esta cuestión es más específica y pudiera desarrollarse en leyes de menor rango.  Su bienestar puede quedar estipulado mediante una ley del ámbito administrativo, de acuerdo con el proceso establecido para este fin.
«A largo plazo, el maltrato animal pudiera asumirse como un delito en el Código Penal por su repercusión social. Pero hoy sí se necesita la aprobación de la Ley de Bienestar Animal», comenta la abogada Lázara Ivonne Dueñas González.
En este sentido, la Dra. María Gloria Vidal, especialista de Salud Animal, del Ministerio de la Agricultura, manifestó recientemente en el programa En Buen Cubano, de Cubavisión Internacional, que ya se labora en la preparación de un proyecto legislativo, una demanda de gran parte de la población.  
«Hemos estado trabajando por años en un proyecto de ley, no de protección animal, sino de bienestar animal. El criterio de protección es un criterio más reducido, o sea, obedece a eliminar, a minimizar los daños que se les puedan ocasionar. Mientras que el bienestar va más allá, incluye la protección, pero también considera importante la salud y la afectación de todo tipo en las diferentes especies. Es un concepto más abarcador», destacó.
Más allá de la visión humanista frente al maltrato, el bienestar animal trasciende también a los planos social y económico. 

Guerra al maltrato 

Desde 1987, la Asociación Estadounidense de Psiquiatría ha agregado la crueldad hacia los animales a la lista de criterios diagnósticos para desórdenes de la conducta humana.  
¡Cuántas imágenes como esta, cuántos animales desamparados! (Foto: Redacción digital)
«El maltrato a los animales “socializa” al agresor con la violencia, es como si hubiera pasado una barrera y, una vez maltratado […], existen menos inhibiciones para hacerlo con los seres humanos, haciendo más probable los actos de crueldad hacia los otros miembros de la familia», reconoce José Francisco Capacés Sala, coordinador de la Comisión de Ética de la Asociación de Veterinarios Españoles, en un artículo publicado en Internet.
También, la conducta violenta contra los animales puede influir en la formación de la personalidad de los niños, máxime cuando la familia constituye el nicho de valores más importante de la sociedad. De ahí la relevancia que adquiere inculcar el afecto hacia todas las especies desde edades tempranas.
El lucro sobre la base del sufrimiento de perros y gallos representa otra cara del problema, también visible en nuestra sociedad: las peleas de estas especies se han incrementado en los últimos años.
A diferencia de los agresores, muchas personas consideran su mascota como un miembro más en el hogar, con un papel importante en la compañía. Frente a las dificultades económicas, se esfuerzan por asegurar su calidad de vida: desde una alimentación balanceada hasta el cumplimiento de los ciclos de vacunación.
Pero, resulta difícil hablar de bienestar animal si la mayoría de los centros veterinarios se encuentran en un estado lamentable. De las 27 instituciones de este tipo existentes en Villa Clara, muy pocas cumplen con requisitos constructivos e higiénico-sanitarios indispensables para prestar servicios.
Sin embargo, las condiciones anteriores no son las únicas que inciden en este tema: la carencia de medicamentos pone en riesgo la vida de los animales. Según Alfredo Sardiñas Arteaga, médico del consultorio veterinario 3 de Santa Clara, actualmente su centro carece de Vermisol y Labiomec, dos de los desparasitantes con mayor uso.  
Para las cirugías tampoco tienen acceso a anestésicos generales, por lo que los procedimientos quirúrgicos solo se realizan si el cliente adquiere el medicamento por otras vías.
A nivel global, se aboga por la esterilización de los animales que no tienen fines reproductivos, para evitar el aumento indiscriminado de estas especies, por lo que el acceso a la anestesia resulta una prioridad para la Medicina Veterinaria, más aún en Cuba donde se han incrementado significativamente el número de perros y gatos callejeros.
La doctora Faniley Auda Zamora, jefa del Programa de Zoonosis de Villa Clara, refiere que su departamento se encarga del control y saneamiento de los animales sin hogar para evitar la proliferación de enfermedades zoonósicas  —como la rabia y la leptospirosis—, pero no pueden garantizar su bienestar.
Muchos de los perros y gatos abandonados son portadores de la escabiosis o sarna, que pueden transmitir a las personas. Dichos animales, junto a los caballos de tiro, son las principales víctimas de los maltratos, desconsideración y desidia del hombre. Estos últimos son empleados en jornadas excesivas de trabajo y reciben toda clase de golpes y, en ocasiones, se les niega la atención médica rutinaria.
Ante este panorama desalentador, muchas personas se preguntan si existen regulaciones para evitar la violencia. Al respecto, declaró a Vanguardia Ramón Cardoso Arteaga, jefe del Departamento de Sanidad Animal de la Delegación Provincial de la Agricultura: «Lo que está normado es que cada seis meses los dueños deban realizarles exámenes físicos a sus caballos. Aquellos cuyo estado general sea deficiente, pueden perder la licencia hasta que logren recuperarlo.
«Hasta hoy no hay una ley que regule el buen trato de los dueños hacia los animales: ni multas, decomisos o penalizaciones. Quizás, apelando a la conciencia, demos alerta a algún propietario».
Esta lamentable situación provoca que muchos equivocadamente se sientan con el derecho de lastimar a los animales, incluso de manera pública.
Otra realidad presentan las especies en peligro de extinción. Las reservas de parques nacionales y áreas protegidas están bajo la tutela del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA) y su administración a cargo de la Agricultura, quien cuenta para ello con la Empresa Nacional para la Protección de la Flora y la Fauna, organismo encargado de su manejo y administración.
«El trabajo de conservación es controlado a través de proyectos de manejo, silvicultura, florística y faunística, de conjunto con la  educación medioambiental en comunidades y escuelas ubicadas en estas zonas», precisó Geny Dueñas Silverio, especialista de Educación Ambiental, de la Empresa Provincial de Flora y Fauna.
A ello se suma la existencia de la Resolución 160 de 2011 del CITMA —instrumento legal para proteger las especies—, que establece regulaciones dirigidas a su control y protección por su significación para la diversidad biológica en Cuba.
Sin embargo, más allá de legislaciones aisladas, resulta necesaria una normativa de protección general para toda la fauna cubana, salvaguardando especialmente a las especies endémicas o amenazadas. Además de impedir las conductas agresivas e irresponsables en el ámbito social, una Ley de Bienestar Animal beneficiaría a la propia economía del país.

Beneficios para todos 

Los países exportadores de ganado —como Argentina— tienen regulaciones especiales para el tratamiento de estos animales debido a la influencia que pueden tener en la venta de mercancías, y por consiguiente, en sus propios ingresos. 
«Los estudios demuestran que la calidad de la carne disminuye si el ganado es sacrificado en condiciones de tensión y la producción de leche se reduce ante la poca alimentación o el estrés del animal. Por tanto, una ley de bienestar pudiera beneficiar también los indicadores económicos de la nación», manifiesta Dueñas González. 
El estrés por maltrato prolongado, previo a la faena, produce carne púrpura u oscura (dark cutter). De acuerdo con los estudios sobre el tema, en Estados Unidos las pérdidas anuales por machucones se estiman en 35 millones de dólares. Además, si el maltrato antes de la matanza es breve, el estrés consiguiente produce carne dura, problema que afecta, en ese país, al 25 % de las reses.
El decreto 137, de 1993, constituye la matriz por la cual se rigen el cuidado y la asistencia de los animales de cría en nuestro país. Según las declaraciones del jefe del Departamento de Sanidad Animal de la Delegación Provincial de la Agricultura, la ley solo regula las condiciones de tenencia y confort que deben tener en las diferentes áreas de crianza y los procedimientos para su manipulación. Y aunque las técnicas de sacrificio de animales para consumo humano no son las del primer mundo, los procedimientos se enfocan a evitar sufrimientos innecesarios.
Estas reflexiones coinciden en la necesidad de contar con una Ley de Bienestar Animal en Cuba. Aunque se dan pasos en la elaboración de esta normativa, el tema requiere mayor agilidad por parte de las autoridades e instituciones implicadas. No obstante, la aprobación futura de esta legislación deberá estar acompañada de una labor educativa y mayor sensibilidad de los ciudadanos. A fin de cuentas, los animales forman parte del entorno y, sin ellos, faltarían el apoyo y afecto de nuestros leales amigos. 

Tomado de Vanguadia.

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